Cuestionan contrato de obra en Jaral del Progreso por vínculo empresarial

Empresa encargada de pavimentación tiene relación familiar con diputada federal.

Rafael Cruz

Jaral del Progreso, Gto., a 24 de julio de 2026-. Hace unos días, el presidente municipal de Jaral del Progreso, Daniel Cimental Barrón, anunció la pavimentación de dos calles del municipio, en el tramo de la calle Melchor Ocampo hasta la esquina con Miguel Hidalgo, una obra que, de acuerdo con lo informado por el propio funcionario, tendrá un costo cercano a los cuatro millones de pesos.

Sin embargo, más allá del monto destinado para la intervención de apenas dos cuadras, lo que comenzó a generar atención es la identidad de la empresa encargada de ejecutar los trabajos: Corporativo FRAVA, S.A. de C.V.

La empresa se constituyó el 3 de abril de 2008 y es una firma guanajuatense dedicada a la construcción, obra civil, infraestructura hidráulica, pavimentación y comercialización de materiales para la construcción. Cuenta con oficinas en León y Jaral del Progreso.

No obstante, al revisar el Padrón Único de Contratistas del Gobierno del Estado de Guanajuato, administrado por la Secretaría de Infraestructura, Conectividad y Movilidad (SICOM), aparece como representante legal Rocío del Carmen Higareda Segura, quien además funge como apoderada legal de la empresa y es hermana de la diputada federal Lucero Higareda Segura.

El hecho, por sí solo, no representa una irregularidad ni implica automáticamente la existencia de un acto de corrupción. La legislación mexicana no prohíbe que un familiar de un servidor público sea propietario, representante o socio de una empresa que participe en contratos gubernamentales.

Sin embargo, especialistas en materia de responsabilidades administrativas señalan que este tipo de casos requieren escrutinio público, debido a que podrían representar escenarios de conflicto de interés o tráfico de influencias, dependiendo de la manera en que se desarrolló el procedimiento de contratación.

La primera interrogante es cómo se adjudicó la obra. Si el contrato derivó de una licitación pública transparente, en la que participaron diversas empresas en igualdad de condiciones y Corporativo FRAVA presentó la mejor propuesta técnica y económica, el parentesco entre la representante legal y una diputada federal no invalida el procedimiento.

El panorama cambiaría si existió alguna intervención indebida.

En caso de que la legisladora hubiera utilizado su investidura para beneficiar a un familiar, ejercido presión sobre funcionarios municipales o facilitado ventajas durante el proceso de contratación, podrían configurarse conductas relacionadas con conflicto de interés o incluso con el delito de tráfico de influencias.

También resulta relevante revisar la actuación de los funcionarios municipales, quienes tienen la obligación legal de conducir los procesos de contratación con imparcialidad, transparencia y sin favorecer intereses particulares.

La Ley General de Responsabilidades Administrativas establece que existe conflicto de interés cuando los intereses personales, familiares o de negocios pueden afectar el desempeño imparcial de un servidor público.

Por ello, en este caso existen dos escenarios claramente diferenciados:

  • Sería completamente legal si la empresa obtuvo el contrato mediante un procedimiento apegado a la ley, sin intervención de la diputada y al competir en igualdad de circunstancias con otros participantes.
  • Podría existir una irregularidad si hubo favoritismo, simulación de competencia, adjudicaciones indebidas, acceso a información privilegiada o cualquier influencia derivada del cargo público de la legisladora.

Más allá de la legalidad, el caso también abre el debate sobre la ética en el ejercicio del servicio público. Cuando empresas vinculadas familiarmente con actores políticos obtienen contratos financiados con recursos públicos, la ciudadanía tiene derecho a exigir transparencia sobre la forma en que se asignaron.

En un contexto donde la confianza en las instituciones depende, en gran medida, de la rendición de cuentas, la administración municipal de Jaral del Progreso tiene la oportunidad de despejar cualquier duda al hacer públicos el procedimiento de contratación, el expediente técnico de la obra, los criterios de selección y la documentación que demuestre que el contrato se adjudicó conforme a la ley.

Porque la transparencia no sólo consiste en afirmar que todo se realizó correctamente, sino en brindar la información necesaria para que cualquier ciudadano pueda comprobarlo.

LSOG