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Declaran inconstitucional castigar portación mayor a 5 gramos de marihuana

La aplicación de esta cláusula aplica solo si se porta para consumo personal y no para la venta.

Agencias
México, 12 de mayo de 2022. – La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó declarar como inconstitucional la persecución y el castigo a personas que hayan sido sorprendidas con más de cinco gramos de marihuana.

De acuerdo con la legislación actual, “el Ministerio Público no ejercerá acción penal por el delito previsto, en contra de quien sea farmacodependiente o consumidor y posea alguno de los narcóticos señalados en la tabla, en igual o inferior cantidad a la prevista en la misma (5g), para su estricto consumo personal”.

La SCJN estimó que la medida punitiva no tiene sustento constitucional al amparo de la protección a la salud pública.

Esto por no haber afectación a otras personas y porque no puede sostenerse justificación bajo el interés colectivo sobre acciones que solo corresponden a la esfera privada de la persona.

Cabe destacar que la despenalización no es la legalización. Se trata del poder legislativo quien tiene que generar el andamiaje legal que dote de sustento al Estado mexicano para que las y los consumidores de marihuana puedan consumirla, pero la discusión se encuentra suspendida en el Senado de la República y será hasta el próximo periodo de sesiones en el que se defina el futuro de la cannabis en México.