Nacional

La Cámara de Diputados aprobó reforma para evitar revictimización de menores en medios de comunicación

Los tres niveles de gobierno deberán abstenerse de difundir información e imágenes que la propicien

Redacción

Ciudad de México, a 7 de marzo de 2024.- La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular por 365 votos, adicionar un párrafo segundo al artículo 80 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de protección de la privacidad de la niñez.

El dictamen establece que las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México deberán abstenerse de difundir información e imágenes en medios de comunicación que propicien revictimizar a niñas, niños y adolescentes, aun cuando se modifiquen, se difuminen o no se especifiquen sus identidades.

El documento de la Comisión de Derechos de la Niñez y la Adolescencia, enviado al Senado de la República, destaca la importancia de fortalecer el derecho a la intimidad de niñas, niños y adolescentes.

Cita que en caso de incumplimiento a lo establecido en dicho artículo, las niñas, niños o adolescentes afectados, por conducto de su representante legal o, en su caso, de la Procuraduría de Protección competente, actuando de oficio o en representación sustituta, podrán promover acciones civiles de reparación del daño e iniciar los procedimientos por la responsabilidad administrativa a que haya lugar.

Asimismo, señala que, considerando su edad, grado de desarrollo cognitivo y madurez, solicitarán la intervención de las procuradurías de Protección.

La Comisión dictaminadora considera que es obligación garantizar el principio de interés superior de la niñez mandatado en la Constitución; asimismo, siguiendo lo establecido por el artículo primero constitucional es fundamental velar por el reconocimiento de los derechos humanos establecidos en el marco jurídico nacional.

IDHM