Se establecerán sanciones hacia quienes tomen casetas y cobren ilegalmente servicios de peaje, con multas de 8 mil 962 a 44 mil 810 pesos.
Agencias.
Nacional. 15 de diciembre, 2021.- El Senado aprobó la reforma al artículo 533 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, estableciendo sanciones hacia quienes tomen casetas y cobren ilegalmente servicios de peaje, con multas de 8 mil 962 a 44 mil 810 pesos y de 3 a 7 años de cárcel.
De igual modo se estableció que las personas que interrumpan la construcción de dichas vías, o deterioren los otros servicios que operen en las vías generales de comunicación, serán penalizadas con estos mismos parámetros.
Por su parte la presidenta de la Comisión de Comunicaciones y Transportes, la senadora Lucía Meza Guzmán, comentó que frenar este tipo de prácticas ilegales se ha vuelto necesario pues en 2020 se registraron pérdidas por 4.1 millones de pesos debido a la toma de casetas.