La recién publicada Diario Oficial de la Federación en la “Ley General de Movilidad y Seguridad Vial” debe ser homologado en todas las entidades federativas en un plazo de seis meses.
La recién publicada Diario Oficial de la Federación en la “Ley General de Movilidad y Seguridad Vial” debe ser homologado en todas las entidades federativas en un plazo de seis meses.