Se podrá impedir que las personas inscritas en dicho registro puedan salir del país, cuando sean deudores alimentarios y existan los medios de prueba para determinar un riesgo de evasión del pago de deuda.
Se podrá impedir que las personas inscritas en dicho registro puedan salir del país, cuando sean deudores alimentarios y existan los medios de prueba para determinar un riesgo de evasión del pago de deuda.