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Sistema Estatal de Seguridad pública determina protección personal a ex funcionarios.

El diputado del PAN del Congreso de Guanajuato, Rolando Alcantar Rojas, dijo que es la ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública, la que determina la protección personal a ex funcionarios estatales y municipales.

Redacción.

Guanajuato, Gto. 06 de octubre de 2021.- El diputado del PAN del Congreso de Guanajuato, Rolando Alcantar Rojas, dijo que es la ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública, la que determina la protección personal a ex funcionarios estatales y municipales.

Lo anterior después de que trascendiera que el alcalde de Silao, José Antonio Trejo, y quien dejará el cargo el nueve de este mes, solicitará seis escoltas para su seguridad una vez concluido su periodo; mientras que su antecesor, Juan Antonio Morales Maciel, dispuso de tres agentes.

Alcantar Rojas recordó que este año se reformó dicha ley, y como ejemplo dijo que, por parte de funcionarios estatales que dejan su función, solo el gobernador, el secretario de Seguridad, el secretario de Gobierno, el subsecretario de Seguridad Pública y el comisario estatal de Seguridad pueden acceder a contar con protección personal por un tiempo máximo de tres años, haciendo un diagnóstico previo sobre la necesidad de contar con ese servicio.

Sobre el número de escoltas que se le asignan a un ex funcionario estatal o municipal, refirió que es información confidencial, pues el cargo que se le da a los efectivos es importante y por un tiempo de uno a tres años, por lo que no se pueden correr riesgos en la protección de los involucrados.

El panista explicó que, en el caso de los Ayuntamientos, solo los cargos que toman decisiones directas a la seguridad son los que pueden acceder al servicio de protección personal, en este caso son los alcaldes y los secretarios o directores de seguridad, y la prestación es por un año.

Aclaró que el Ayuntamiento no puede acordar el número de escoltas para el ex alcalde o el secretario de seguridad del municipio, pues eso está estipulado en la ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública, y de tomar un acuerdo sería porque la seguridad personal se quiere dar a otro funcionario que no tenga dichos cargos.

También aclaró que, en la parte municipal, para poder acceder a dicho beneficio, no se puede comprometer la seguridad pública de la entidad local, es decir, que si no cuenta con los recursos humanos suficientes para que se proteja al ex funcionario sin dejar desprotegida a la sociedad, no se puede brindar el servicio.